Image placeholder


Artículo 106

Además de lo señalado en los artículos 95 y 96 y 97 de la presente Ley, los municipios deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.

Sujeto obligado: Municipio de Guadalupe, N.L.

Fracciones

Fracciones del Artículo 106 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.


Fracciones encontradas: 1





Acerca de

Acerca de Portal de Transparencia del Municipio de Guadalupe, Nuevo León


El Portal de Transparencia, permite a la ciudadanía en general ingresar solicitudes de información pública y de datos personales de acceso, rectificación, cancelación, oposición o portabilidad, hacia los distintos sujetos obligados de los tres órdenes de gobierno en México incluyendo a esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Tenemos la obligación de gestionar los requerimientos conforme lo señalan los términos y plazos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como los lineamientos exigibles a cada solicitud emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); para así, proporcionar una respuesta en tiempo y forma.

La Unidad de Transparencia y Modernización dependiente de la Secretaría de la Función Pública, es la Unidad Administrativa facultada para conocer, tramitar y resolver los asuntos relacionados con la Transparencia y Acceso a la Información Pública.